Primera sentencia que aplica el convenio n° 169 de la OIT en Chile. Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación comprende el concepto de territorio, hábitat y protección de la cultura de los pueblos indígenas.
Primera sentencia que aplica el convenio n° 169 de la OIT en Chile. Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación comprende el concepto de territorio, hábitat y protección de la cultura de los pueblos indígenas.
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Date
2015-01-11
Datos de publicación:
Keywords
Convenio 169 - Derecho internacional - Pueblos indígenas - Derechos Humanos - Derecho indígena
Collections
Abstract
El Fallo del Caso Linconao, confirmado por la Excma. Corte Suprema, pasará a
la historia de los precedentes chilenos por dos importantes razones. Por una parte, es
el primer fallo que incluye en sus considerandos las disposiciones del Convenio N°
169 de la OIT, que entra en plena vigencia el día previo a la fecha de la sentencia y
fue ratificado exactamente un año y un día antes del fallo. Asimismo, no solo es la
punta de lanza jurisprudencial por ser la primera, sino porque sus fundamentos abordan
el centro del debate relativo a la aplicación de los derechos indígenas en el derecho
interno chileno, como instrumentos amparados por el artículo 5° Inciso 2° de la
Constitución; también porque se pronuncia sobre conceptos como el de “territorio” y
su directa relación con el “hábitat”, la interdependencia con los derechos culturales
y la protección del medio ambiente, cuestiones esenciales en el desarrollo de los
derechos indígenas y que se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico con la ratificación
del Convenio N° 169 de la OIT, lo que esta resolución comprende y describe
prístinamente.