La mediación en asuntos civiles y mercantiles (breves notas a la Ley 5/2012, de 6 de julio)
- URI:
- https://hdl.handle.net/10925/1499
- Carrera:
- Derecho
- Facultad:
- Facultad de Ciencias Jurídicas
- Fecha de publicación:
- 2014-09-01
- Datos de publicación:
- Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política, Vol 3, N°2, 159-187, 2012
- Temas:
- Mediación - Civil - Mercantil - Principios - Ejecutividad
- Derecho [229]
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- Resumen:
- La promulgación de la normativa estatal sobre mediación en asuntos
civiles y mercantiles ha significado un hito relevante en la legislación española
al regular, por primera vez, en el ámbito estatal los aspectos generales
de este medio de autocomposición de controversias que es la mediación, así
como al conectarla con los tribunales, introduciendo modificaciones en las
normas de la jurisdicción ordinaria civil. Hasta la fecha, la regulación se
hallaba en las normas promulgadas por las comunidades autónomas y con
alguna mención en la legislación civil y procesal, mas sin régimen jurídico
estatal. En la nueva legislación, motivada por el mandato europeo de transponer
la Directiva 52/2008/CE, se establece un concepto de mediación y sus
principios informadores; se fija el ámbito objetivo de la norma, no sólo transfronteriza,
según la citada Directiva, sino también la interna, instaurando el
estatuto del mediador así como un procedimiento básico, del que se prevé,
como gran innovación, el carácter ejecutivo a los acuerdos resultantes del
procedimiento que son elevados a escritura pública notarial.